Según el presidente del Centro Nacional de Formación de Entrenadores, Miguel Galán, esta circunstancia podría suponer una infracción muy grave por parte de Tebas, con consecuencias que podrían propiciar la inhabilitación del cargo.
Esta acción contravendría el artículo 5 del Reglamento para la Elaboración de los Presupuestos de LaLiga, que dice lo siguiente. "La información, los datos y los documentos que los clubes y las SAD proporcionen a LaLiga en cumplimiento de este Reglamento serán confidenciales y estarán sujetos a la normativa en materia de protección de datos”.
Incumplimiento de reglamentos
Según Galán, estas conductas encajan en el artículo 76.2.b) de la Ley del Deporte, que tipifica como infracción muy grave de los presidentes y directivos de ligas profesionales “el incumplimiento de los reglamentos y demás disposiciones estatutarias o reglamentarias”.